Criptoactivos bajo NIIF para PYMES
Criptoactivos bajo NIIF para PYMES https://bfauditores.com/wp-content/uploads/2026/07/foto-15.07.2026-1024x683.jpg 1024 683 BF Auditores BF Auditores https://bfauditores.com/wp-content/uploads/2026/07/foto-15.07.2026-1024x683.jpgEn los últimos años, las criptomonedas dejaron de ser un tema vinculado únicamente a la tecnología o a la inversión especulativa. Actualmente, una empresa puede tener criptoactivos porque los compró como inversión, porque los recibió como medio de pago, porque los mantiene para venderlos o porque forman parte de su actividad habitual.
Esta situación genera un desafío para la contabilidad, especialmente en empresas uruguayas que aplican NIIF para PYMES, ya que la norma no incluye un tratamiento específico para las criptomonedas. Por lo tanto, para determinar cómo deben reconocerse y medirse, es necesario analizar las categorías contables existentes y la sustancia económica de cada operación.
La clasificación no debería depender solamente del nombre del activo. Es necesario considerar para qué se adquirió, cómo se utiliza y qué derechos otorga.
¿Pueden considerarse efectivo?
Una primera posibilidad sería clasificar las criptomonedas como efectivo, debido a que en algunos casos pueden utilizarse como medio de pago. Sin embargo, esta clasificación no parece adecuada en la mayoría de las situaciones.
El efectivo está compuesto principalmente por moneda de curso legal y depósitos disponibles en instituciones financieras. Las criptomonedas no son emitidas por un banco central ni son moneda de curso legal en Uruguay. Además, presentan una elevada volatilidad, pueden existir costos para convertirlas a pesos o dólares y también hay riesgos relacionados con su custodia.
Por ejemplo, una empresa que tiene Bitcoin puede venderlo y obtener dinero, pero eso no significa que sea equivalente a tener fondos disponibles en una cuenta bancaria. Su valor puede cambiar significativamente en poco tiempo y el acceso al activo depende de billeteras electrónicas, claves privadas o plataformas de intercambio.
Por estos motivos, en general, no sería correcto presentar los criptoactivos dentro de disponibilidades.
¿Son instrumentos financieros?
Otra posibilidad sería tratarlos como instrumentos financieros. No obstante, muchas criptomonedas tampoco cumplen con esta definición.
Un instrumento financiero normalmente surge de un contrato que genera un activo financiero para una parte y un pasivo financiero o instrumento de patrimonio para otra. Esto ocurre, por ejemplo, con una cuenta a cobrar, un préstamo, un bono o una acción.
En el caso de Bitcoin y otras criptomonedas similares, el tenedor no posee un derecho contractual a recibir efectivo de otra entidad. No existe un deudor identificado que tenga la obligación de pagar. Por eso, en general, no corresponde clasificarlas como instrumentos financieros.
La conclusión podría ser distinta en el caso de algunos tokens. Si el activo otorga un derecho contractual a cobrar dinero, recibir un servicio o participar en determinados beneficios, debería analizarse específicamente el contrato o las condiciones de emisión.
¿Inventarios o activos intangibles?
En la mayoría de los casos, las alternativas más razonables son clasificarlos como inventarios o como activos intangibles.
Si la empresa compra y vende criptoactivos como parte de su actividad habitual, podrían considerarse inventarios. Esto podría ocurrir, por ejemplo, en una empresa dedicada a la compraventa frecuente de criptomonedas.
En cambio, si la empresa mantiene criptomonedas como inversión, reserva de valor o como una forma de guardar o invertir dinero que no necesita usar en el corto plazo, lo más razonable sería tratarlas como activos intangibles.
La diferencia es importante porque la clasificación afecta la medición posterior, las pérdidas por deterioro y la presentación dentro de los estados financieros.
Tratamiento como inventario
Cuando los criptoactivos se mantienen para venderlos en el curso normal del negocio, deberían analizarse como inventarios. En este caso, la intención de la empresa no es conservarlos, sino obtener una ganancia a través de su venta.
El reconocimiento inicial se realizaría al costo. Posteriormente, al cierre del ejercicio, debería compararse el importe contabilizado con el VNR (valor neto de realización). Si este último fuera menor, correspondería reconocer una pérdida por desvalorización.
Por ejemplo, si una empresa adquirió criptomonedas por USD 100.000 para venderlas, pero al cierre su valor cayó significativamente, no sería razonable mantenerlas contabilizadas por el costo original si el importe recuperable fuera menor.
Este análisis es especialmente relevante debido a la volatilidad de los criptoactivos, ya que su precio puede modificarse considerablemente entre la fecha de compra y la fecha de cierre.
Tratamiento como activo intangible
Si la empresa no tiene como actividad habitual la compraventa de criptomonedas y las mantiene como inversión o reserva de valor, corresponde analizar su clasificación como activo intangible.
De acuerdo con NIIF para PYMES, un activo intangible es un activo identificable, no monetario y sin apariencia física. Las criptomonedas cumplen, en principio, con estas características, porque no tienen sustancia física, pueden separarse de la empresa y pueden venderse o transferirse.
Sin embargo, presentan características diferentes a otros intangibles tradicionales, como marcas, licencias o software. Su valor suele depender de mercados muy volátiles y, en muchos casos, no generan beneficios por su utilización, sino por una posible venta futura.
Bajo un modelo de costo, la empresa reconocería inicialmente el criptoactivo por el importe pagado y luego debería analizar si existen indicadores de deterioro. Si su valor disminuye, podría corresponder el reconocimiento de una pérdida.
Una dificultad de este tratamiento es que los aumentos de valor no se reconocen contablemente bajo NIIF para PYMES. Por lo tanto, puede existir una diferencia entre el importe contabilizado y el valor de mercado del activo.
Auditoría y control interno
Los criptoactivos también generan dificultades particulares desde el punto de vista de la auditoría.
Uno de los principales aspectos es verificar la existencia del activo. En una cuenta bancaria tradicional, el auditor puede solicitar una confirmación directamente a la institución financiera. En el caso de las criptomonedas, la evidencia puede obtenerse mediante la revisión de wallets, movimientos en blockchain, saldos en exchanges y documentación de respaldo.
También debe comprobarse la titularidad. No alcanza con que la empresa presente una dirección de wallet, es necesario obtener evidencia de que realmente controla los activos registrados.
La custodia es otro punto fundamental. Si se pierde una clave privada, la empresa puede perder definitivamente el acceso al criptoactivo. Por esta razón, deberían existir controles sobre quién puede operar, cómo se autorizan las transacciones, cómo se respaldan las claves y qué plataformas se utilizan.
Además, debe revisarse la valuación. Las cotizaciones obtenidas de fuentes de información de mercado confiables pueden utilizarse como referencia para estas estimaciones, pero no implican que el activo se contabilice directamente a valor de mercado. La empresa debería definir una política clara respecto a la fuente de precios utilizada, la hora de referencia y el mercado considerado al cierre. No sería adecuado seleccionar distintas cotizaciones en cada ejercicio según cuál resulte más conveniente.
Información a revelar
Debido a los riesgos asociados, las notas a los estados financieros tienen especial importancia.
La empresa debería explicar qué criptoactivos mantiene, cuál es la finalidad de su tenencia, qué política contable aplicó y cómo determinó su valor al cierre. También debería informar los principales riesgos vinculados con la volatilidad, la liquidez, la custodia y los cambios regulatorios.
También puede ser necesario revelar hechos posteriores al cierre. Por ejemplo, si luego de la fecha de los estados financieros ocurre una caída importante en el precio de las criptomonedas, este hecho podría ser relevante para quienes analizan o tienen interés en la situación económica y financiera de la empresa.
Situación en Uruguay
En Uruguay, los activos virtuales han adquirido mayor importancia desde el punto de vista regulatorio. Sin embargo, la existencia de regulación no determina automáticamente el tratamiento contable.
Cada situación debe analizarse de forma individual. Una empresa puede mantener Bitcoin como inversión, otra puede recibir stablecoins como medio de pago y otra puede dedicarse a la intermediación de operaciones. Aunque todos sean criptoactivos, la clasificación contable puede ser distinta.
Por eso, el contador debe analizar el uso concreto del activo, la intención de la empresa y los derechos asociados. No sería correcto aplicar una única respuesta para todos los casos.
Conclusión
Los criptoactivos representan un desafío para la contabilidad bajo NIIF para PYMES porque no encajan perfectamente en las categorías tradicionales.
En general, no deberían clasificarse como efectivo ni como equivalentes de efectivo. Tampoco serían instrumentos financieros en la mayoría de los casos, salvo que otorguen derechos contractuales específicos.
La clasificación más habitual será como inventarios, cuando se mantengan para la venta dentro del giro normal de la empresa, o como activos intangibles, cuando se mantengan como inversión o reserva de valor.
El principal desafío está en justificar correctamente el criterio utilizado, medir el activo de manera razonable, reconocer pérdidas cuando corresponda y revelar adecuadamente los riesgos.
En definitiva, el tratamiento contable no depende únicamente de que el activo sea una criptomoneda, sino de la finalidad para la cual la empresa lo mantiene y de su sustancia económica. Para una empresa uruguaya que aplica NIIF para PYMES, lo más importante será documentar el análisis realizado y asegurar que los estados financieros reflejen razonablemente su situación.
- Publicado En:
- Novedades