Próximamente entra en vigencia en forma obligatoria la NIIF 18, ¿estamos preparados para su aplicación?
Próximamente entra en vigencia en forma obligatoria la NIIF 18, ¿estamos preparados para su aplicación? https://bfauditores.com/wp-content/uploads/2026/06/foto-22.06.2026-1024x576.jpg 1024 576 BF Auditores BF Auditores https://bfauditores.com/wp-content/uploads/2026/06/foto-22.06.2026-1024x576.jpgLa NIIF 18 reemplaza la NIC 1, mantiene los requerimientos de presentación del Estado de Situación Financiera, Estado de Resultados Integral, Estado de Cambios en el Patrimonio, e introduce nuevos requerimientos en relación al Estado de Resultados.
A los efectos de la preparación del Estado de Resultados introduce tres categorías definidas de ingresos y gastos (operación, inversión y financiación), además del efecto de los impuestos y operaciones discontinuadas y exige a todas las empresas que presenten nuevos subtotales definidos, incluido el resultado operativo. La estructura mejorada y los nuevos subtotales facilitarán la comparación entre empresas.
Por otra parte, incorpora la exigencia de revelaciones en relación a las mediciones de rendimientos o gestión, específicas, (KPI) en tanto la entidad las incluya en sus Estados Financieros. Estas revelaciones refieren a la forma se calculan estas medidas y como se relacionan con la información del Estado de Resultados mejorando la transparencia.
¿Qué incluir en las tres categorías de ingresos y gastos?
En la categoría de Resultados de Inversión se deben incluir los ingresos y gastos de:
- inversiones en asociadas, negocios conjuntos y subsidiarias no consolidadas,
- efectivo y equivalente de efectivo (intereses ganados),
- otros activos que generan rendimiento de forma individual e independiente de los demás recursos de la entidad tales como Instrumentos de deuda o de patrimonio, Propiedades de inversión o cuentas por cobrar por los alquileres de las Propiedades de Inversión.
La categoría de Resultados de Financiamiento comprende:
- Ingresos y gastos que surgen de la medición inicial y posterior y gastos incrementales directamente atribuibles a la emisión y extinción de pasivo que surgen de transacciones que sólo plantean la obtención de financiación,
- Gastos por intereses o derivados de variaciones en las tasas de interés, pero solo si se identifican de la aplicación de otros requerimientos de las NIIF (tales como NIIF 9 – cuentas por pagar por compra de bienes o servicios; NIIF 15 – financiamiento de clientes; NIIF 16 – arrendamientos; NIC 19 – beneficios a los empleados; NIC 37 – provisiones)
Finalmente, los Resultados de Operación serán aquellos que no son resultados de inversión ni resultados de financiamiento ni impuesto a las ganancias ni resultado de operaciones discontinuadas.
¿Dónde se expone la diferencia de cambio en el nuevo Estado de Resultados?
De acuerdo con la NIIF 18, las diferencias de cambio se exponen en el Estado de Resultados dentro de la misma categoría que el ingreso o gasto de la partida que les dio origen. La diferencia de cambio sigue la misma suerte que la partida subyacente.
Si la diferencia de cambio proviene de partidas operativas, como las cuentas comerciales por cobrar o por pagar, se expondrá dentro de los Resultados de Operación.
Si surge de partidas de inversión, como títulos de deuda en moneda extranjera, será un Resultado de Inversión.
Y únicamente cuando la diferencia de cambio se deriva de préstamos, créditos o pasivos financieros será un Resultado Financiero.
Esto requerirá una nueva parametrización de los sistemas contables tanto para el ejercicio próximo en que se dará la aplicación por primera vez como para este ejercicio en curso.
Aplicación por primera vez
Esta norma que entra en vigencia a partir de los ejercicios iniciados el 01.01.2027, se debe aplicar por primera vez en forma retrospectiva, lo que significa que se deberá reestructurar el Estado de Resultados del ejercicio 2026.
Además, se deberá incluir en las notas una conciliación entre el Estado de Resultados según la anterior NIC 1 y Estado de Resultados según la nueva NIIF 18.
Cuando corresponda la presentación de EEFF Interinos se aplicarán los subtotales que espere utilizar con la nueva NIIF18 por lo que para aquellas entidades que preparen información trimestral y/o semestral, deberán actualizar sus formatos de presentación al 31.03.2027 y la correspondiente información al 31.03.2026.
Modificaciones a otras normas
NIC 7
En la presentación del Estado de Flujo de Efectivo se elimina la opción de presentar los intereses y dividendos como flujo proveniente de actividades operativas. Los intereses y dividendos cobrados serán expuestos dentro de los flujos de Inversión mientras que intereses y dividendos pagados serán expuestos dentro de los flujos de Financiamiento.
En la aplicación del método indirecto, se ajustará el Resultado de Operación por: las transacciones no monetarias, los diferimientos de cobros o pagos de operaciones pasadas o futuras, los ingresos o gastos cuyos flujos se clasifiquen como de inversión o financiamiento y viceversa, y por el impuesto a las ganancias que es flujo de fondos de operación pero no está en el Resultado de operación.
NIC 8
La NIC 8 pasa de llamarse “Políticas contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores” a llamarse “Bases para la Preparación de los EEFF” y se incorporan a su anterior contenido, algunos temas generales como la presentación razonable y cumplimiento de las NIIF de Contabilidad, la hipótesis de negocio en marcha y la base contable de acumulación (devengo).
¿Estamos preparados para su aplicación?
Los cambios en la parametrización de los sistemas contables no siempre son sencillos. En algunas oportunidades requieren planificación, colaboración de otras áreas de la entidad y vencer la resistencia al cambio de los usuarios de la información acostumbrados por años a una lectura del Estado de Resultados con otro formato.
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