Evaluación y diseño de sistemas de prevención de ser utilizados en LA FT

Realizamos la evaluación del sistema integral que la institución tiene para prevenirse de ser utilizada para el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo y detectar en tiempo y forma las transacciones que puedan estar relacionadas con el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA FT), así como dar cumplimiento de los requerimientos del BCU en lo que se refiere al registro de operaciones y su documentación, conocimiento de los clientes, etc.

Una evaluación del sistema integral que la institución tiene para prevenirse de ser utilizada para el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo implica, verificar que el sistema integral de prevención se extienda a toda la organización, evaluar si las políticas y procedimientos, escritos y aprobados, permiten prevenir, detectar y reportar en tiempo y forma a las autoridades competentes las transacciones que puedan estar relacionadas con el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LA FT), examinar las políticas y procedimientos con respecto al personal, en relación a la integridad y a la capacitación y chequear el cumplimiento de los requerimientos legales en lo que se refiere al registro de operaciones y su documentación, conocimiento de los clientes, etc.

Son sujetos obligados de reportar operaciones sospechosas no solo las entidades reguladas por el Banco Central del Uruguay sino también los siguientes agentes en todas o en algunas de sus operaciones según el caso:

  • Los casinos.
  • Las inmobiliarias, promotores inmobiliarios, empresas constructoras y otros intermediarios en transacciones que involucren inmuebles.
  • Los abogados únicamente cuando actúen a nombre y por cuenta de sus clientes.
  • Los escribanos.
  • Los rematadores.
  • Las personas físicas o jurídicas dedicadas a la intermediación o mediación en operaciones de compraventa de antigüedades, obras de arte, y metales y piedras preciosas.
  • Los explotadores y usuarios directos e indirectos de zonas francas.
  • Los proveedores de servicios societarios, fideicomisos y en general, cualquier persona física o jurídica cuando en forma habitual realicen transacciones para sus clientes.
  • Las asociaciones civiles, fundaciones, partidos políticos, agrupaciones y en general, cualquier organización sin fines de lucro con o sin personería jurídica.
  • Los contadores públicos y otras personas físicas o jurídicas, que actúen en calidad de independientes y que participen en la realización de algunas operaciones o actividades para sus clientes.

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