
Nueva NIIF para PYME
Nueva NIIF para PYME https://bfauditores.com/wp-content/uploads/2025/03/foto-05.03.2025-1024x682.jpg 1024 682 BF Auditores BF Auditores https://bfauditores.com/wp-content/uploads/2025/03/foto-05.03.2025-1024x682.jpgEl pasado 27 de febrero de 2025 el IASB emitió una nueva versión revisada de la NIIF para PYME.
¿Qué cambia para Uruguay?
Nada. Para quienes preparamos EEFF de acuerdo a las Normas Contables Adecuadas en Uruguay, definidas en el Decreto 291/014 y sus modificativo (Dec 372/015) no cambia nada, porque el decreto establece que la versión de NIIF PYME que debemos utilizar es la versión emitida en 2009. Una versión además a la que el propio decreto la adiciona excepciones y apartamiento de lo que podría ser “adecuado” en algunos casos.
¿Qué cambia para el resto del mundo?
Puede que aún nada, porque se entrada en vigencia es a partir del 01.01.2027 si bien se permite su adopción anticipada.
¿Cuáles son principales los cambios?
En ingresos
La Sección 23 establece los requerimientos para que las PYMES reconozcan los ingresos de actividades ordinarias, se basaba en la NIC 11 Contratos de Construcción y la NIC 18 Ingresos de Actividades Ordinarias. Esta nueva versión, se alinea con la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes,
- Introduce un marco conceptual para el reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias por bienes y servicios, que requiere que los ingresos de actividades ordinarias se reconozcan cuando el cliente obtenga el control del bien o servicio, basado en el modelo de cinco pasos de la NIIF 15
- simplifica los requerimientos de la NIIF 15 para que el modelo de cinco pasos sea más fácil de aplicar para las PYMES
- proporciona una exención de transición que permita a las PYMES aplicar su actual política de reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias a los contratos ya en curso.
Valor razonable
La nueva versión actualiza la definición de valor razonable, la medición del mismo incluyendo ejemplos relevantes para las PYMES y amplía la información a revelar sobre las mediciones del valor razonable.
Estados Financieros Consolidados
Se actualiza la definición de control para alinearla con la NIIF 10, manteniendo la presunción refutable de que una PYME controla una entidad si posee la mayoría de los derechos de voto de la entidad, se añaden nuevos requerimientos para las disposiciones parciales que den lugar a la pérdida de control—una PYME medirá cualquier participación retenida a su valor razonable cuando se pierda el control y se actualiza la definición de control conjunto para alinearla con la NIIF 11.
Por otra parte, se mantienen las clasificaciones de los acuerdos conjuntos como: operaciones controladas de forma conjunta, activos controlados de forma conjunta y entidades controladas de forma conjunta y se añaden requerimientos para cuando una entidad participa pero no tiene control conjunto.
Instrumentos financieros
Se elimina la opción de aplicar los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición.
Si bien se mantiene el modelo de pérdidas incurridas para cuentas comerciales por cobrar y los activos contractuales, se introduce un modelo de pérdida crediticia esperada para algunos activos financieros medidos a costo amortizado; un principio de clasificación y medición de los instrumentos financieros basado en las características de sus flujos de efectivo contractuales; y requerimientos simplificados para los contratos de garantía financiera emitidos incluyendo una definición de contrato de garantía financiera y requerimientos de medición.
Combinaciones de negocios
El IASB ha aplicado el enfoque de alineación y propone modificar la Sección 19 para armonizarla con la versión actual de la NIIF 3.
Conceptos y principios básicos
La sección 2 de la Norma de Contabilidad de la NIIF para las PYMES establece los conceptos y principios básicos en los que se basan los estados financieros de las PYMES. Se basa en el Marco Conceptual para la preparación y Presentación de Estados Financieros de 1989. La nueva versión armonizar la Sección 2 con el Marco Conceptual para la Información Financiera emitido en 2018.
En términos generales se actualizan las definiciones y los criterios de reconocimiento de activos y pasivos, se aclaran los conceptos de prudencia, administración, incertidumbre en la medición y esencia sobre la forma, se añade un principio fundamental de que los requerimientos de otras secciones de la Norma tienen prioridad sobre la Sección 2.
No obstante, se mantiene el concepto de «costo o esfuerzo desproporcionado».
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